El régimen no tolerará discriminación ni acoso laboral en Cuba… excepto por motivos políticos
La norma destinada a atajar las manifestaciones de acoso y discriminación en el trabajo mantiene la potestad de expulsar a quienes expresen su oposición al régimen.
El medio estatal Trabajadores informó el 7 de noviembre sobre la presentación del Decreto 96 “Protocolo de Actuación ante Situaciones de Discriminación, Violencia y Acoso en el Ámbito Laboral”, en una nota titulada “Tolerancia cero ante discriminación, violencia y acoso laboral”.
La falta de una norma de este tipo en Cuba ha propiciado que muchas personas fueran expulsadas de sus trabajos o centros de enseñanza por motivos que incluyen el rechazo al sistema político implantado en la Isla.
Aunque los casos de acoso y discriminación por motivos políticos en centros laborales cubanos no llegan a la a los medios estatales, abundan las denuncias en la prensa independiente. Muchos han sido documentados en los informes del Observatorio de Libertad Académica (OLA).
El portal estatal Cubadebate admitió a inicios de octubre que en el ordenamiento jurídico laboral del país existían más desafíos que soluciones. Esas carencias salieron a relucir en los comentarios de los lectores, pues varios contaron experiencias de acoso o discriminación en sus centros de trabajo. En ninguno de esos casos reflejados en los comentarios que publicó el medio estatal, los hechos tuvieron que ver con la orientación política de las personas discriminadas o acosadas.
Según Cubadebate, Cuba “cuenta con un escenario diferente” desde el 28 de septiembre, cuando fue publicado el mencionado Decreto 96 en la Gaceta Oficial de la República. Varios lectores celebraron la aprobación de la norma, que consideraron “muy necesaria”.
La norma resulta esperanzadora ya que protege a “todas las personas que ejerzan un trabajo bajo la subordinación de un empleador” y a “los estudiantes que ejecutan prácticas preprofesionales en las entidades”, explicó Cubadebate.
Sin embargo, el decreto también allana el camino para que los empleadores o directores de centros estudiantiles puedan continuar expulsando a aquellas personas que se atrevan a manifestar su rechazo a las autoridades y al modelo político impuesto en la Isla.
El decreto, aprobado por el Consejo de Ministros, define la discriminación como “cualquier distinción, exclusión o preferencia basada en motivos de sexo, género, orientación sexual, identidad de género, edad, origen étnico, color de la piel, creencia religiosa, discapacidad, origen nacional o territorial, o cualquier otra condición o circunstancia personal que implique distinción lesiva a la dignidad humana, que tenga por efecto anular o alterar el disfrute de los derechos laborales o de trato en el empleo, su admisión, el acceso a la formación profesional, así como las condiciones de trabajo”.
Salta a la vista que entre los motivos por los que una persona puede ser discriminada no aparece la orientación política ni la ideología, pero podría resultar tranquilizador leer “o cualquier otra condición o circunstancia personal”. Esta frase parecería indicar que nadie podrá ser objeto de discriminación por razones políticas.
Pero, enseguida, la norma aclara que “no se considerarán discriminaciones aquellas basadas en la idoneidad demostrada de los trabajadores”.
En Cuba, la palabra “idoneidad” es sinónimo de alineación con la política y los intereses del régimen. No es posible ser considerado idóneo sin ser afín al Partido Comunista y sin mostrar entusiasmo para cumplir sus órdenes.
En julio de 2021, cuando estallaron las protestas antigubernamentales conocidas como 11J, la dirección del Grupo Empresarial de Transporte Marítimo Portuario (GEMAR) movilizó a sus empleados para que cumplieran funciones parapoliciales en el barrio San Isidro. Para desempeñarlas, los trabajadores serían armados con palos, según contó a DIARIO DE CUBA Yamilet Ramos Limés, especialista de cuadro en la empresa estatal.
Ella se negó y fue expulsada inmediatamente. Cuando cuestionó la decisión, el director le dijo que podía apelar, pero que la llevarían a una comisión de idoneidad.
“Iba a ser peor para mí porque saldría con una sanción en mi expediente laboral”, explicó Ramos Limés.
Tres meses antes, Manuel de la Cruz Pascual fue separado de su puesto de profesor de Historia por su cercanía al Movimiento San Isidro, principalmente a su líder, Luis Manuel Otero Alcántara.
Otero Alcántara había organizado una fiesta para niños en la que Cruz Pascual actuaría disfrazado de payaso. Ambos fueron arrestados para impedir la celebración. El profesor fue despedido de su trabajo días después.
“En la carta de expulsión los motivos son claros ‘por la pérdida de idoneidad y no estar acorde con los principios revolucionarios’”, explicó Cruz Pascual a DIARIO DE CUBA.
Berta del Carmen Mexidor Vázquez fue profesora de Economía en la Universidad de Las Tunas hasta 1997. En ese año, fue convocada a tres reuniones en las que la conminaron a que disolviera su matrimonio con el activista Humberto Colás Castillo y se distanciara de los ambientes disidentes, explicó OLA en su informe de septiembre de 2023.
Como la profesora se negó, el rector de la universidad la expulsó. El argumento se repite: “pérdida de idoneidad para enseñar a las nuevas generaciones”.
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